Para prevenir las desapariciones. El informe del Comité de la ONU

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Michael W. Chamberlin

13 de abril de 2022

 

Este martes presentó el Comité contra la Desaparición Forzada (CED por sus siglas en inglés) el informe definitivo sobre su visita a México a finales del año pasado, en el que sintetiza sus observaciones y recomendaciones hacia México en “la adopción e implementación urgente de una Política Nacional de Prevención y Erradicación de las Desapariciones”.

En su visita el Comité encontró que:

  • Las desapariciones siguen afectando mayoritariamente a hombres de entre 15 y 40 años. No obstante, las cifras oficiales muestran un incremento notable de desapariciones de niños y niñas a partir de los 12 años, así como de adolescentes y mujeres, que en algunas entidades federativas supera ampliamente el promedio nacional (25 %): 67 % en Campeche y más del 60 % en Chiapas, Tabasco y Yucatán (en su mayoría casos de niñas y adolescentes de 10 a 19 años). Dichos casos corresponderían a desapariciones vinculadas con la sustracción de niños y niñas (dentro o fuera del ámbito familiar), a desapariciones como medio para ocultar la violencia sexual y feminicidio, al reclutamiento y a las represalias. Las víctimas y las autoridades también reportaron desapariciones que tenían por objetivo la trata y explotación sexual.

 

  • Encontró también preocupante la situación de los defensores de derechos humanos, algunos de los cuales han sido desaparecidos como consecuencia de su participación en procesos de búsqueda y de lucha en contra de las desapariciones; el Comité resalta también su preocupación por la desaparición de más de 30 periodistas entre 2003 y 2021. De ellos ninguno ha sido localizado y las investigaciones o sanciones a los responsables no han tenido avances.

 

  • Durante la visita, el Comité recibió alegaciones de desapariciones ocurridas en el contexto carcelario. El Comité fue informado sobre la falta de notificación inmediata de la privación de libertad de personas en centros penitenciarios y estaciones migratorias o de los traslados realizados de un lugar de privación de libertad a otro. A esta falta de notificación o información se agrega el hecho de que, frecuentemente, las personas privadas de libertad en los centros penitenciarios o en las estaciones migratorias enfrentan obstáculos para comunicarse con el exterior e informar de su paradero.

 

  • El Comité recibió información acerca de otros patrones de desapariciones ocurridas en el contexto migratorio. El Comité recibió alegaciones según las cuales los perpetradores de las desapariciones sustraen los teléfonos celulares a personas migrantes tras privarlas ilegalmente de libertad en lugares desconocidos, con el fin de llamar a sus familiares y pedirles dinero, a veces con el apoyo o aquiescencia de servidores públicos. Adicionalmente, varios interlocutores del Comité hicieron referencia a la práctica del retorno y abandono de personas migrantes en la frontera sur de México. En estas condiciones muchas han sido víctimas de secuestro, extorsión, violencia sexual, trata de personas y desaparición.

 

  • Las comunidades indígenas también se han visto afectadas por desapariciones. Estas ocurren principalmente en el contexto de conflictos sociales y territoriales vinculados con el desarrollo de megaproyectos de índole minera o energética o tras el despojo o acaparamiento de tierras para explotación económica. También recibió información sobre la desaparición de personas LGBTIQ+ cometidas por fuerzas de seguridad, o por la delincuencia organizada con distintos niveles de connivencia de las autoridades, y en muchos casos con fines de “limpieza social” o de explotación sexual, frecuentemente tras el internamiento en los llamados “centros de terapias de reconversión”.

 

  • El Comité también recibió información sobre un importante número de desapariciones relacionadas con el tráfico de combustibles en el Norte del país o del involucramiento de autoridades estatales y municipales de Nayarit para apropiarse de los bienes de las personas desaparecidas. En Jalisco y Coahuila, el Comité recibió alegaciones de desaparición de personas tras su internamiento en centros de tratamiento de adicciones.

El Comité considera de particular preocupación la victimización específica de las mujeres que quedan a cargo de su familia y afrontan con sus propios medios la búsqueda de sus seres queridos, al tiempo que sufren los graves efectos sociales y económicos de las desapariciones y, además, en muchos casos son víctimas de violencia, persecución, estigmatización, extorsión y represalias. A menudo no reciben reparaciones prontas ni apoyos adecuados por parte de las Comisiones de Víctimas.

Para el Comité no cabe duda de que se mantiene una situación generalizada de desapariciones en gran parte del territorio nacional, frente a la cual imperan una impunidad casi absoluta y la revictimización. La impunidad, dice el Comité, “es un rasgo estructural que favorece la reproducción y el encubrimiento de las desapariciones forzadas y pone en peligro y causa zozobra a las víctimas, a quienes defienden y promueven sus derechos, a los servidores públicos que buscan a las personas desaparecidas e investigan sus casos y a la sociedad en su conjunto.”

Nos recuerda que el Estado es responsable de desaparición forzada cometidas por los servidores públicos, pero también aquellas cometidas por personas o grupos de personas, como las organizaciones delictivas, que actúen con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado. “Esto incluye, entre otras cosas, las situaciones en las que las organizaciones criminales o los grupos armados están de facto bajo el control de las autoridades estatales o cuando dichas organizaciones reciben alguna forma de apoyo por los agentes del Estado, o cuando existe un patrón conocido de desapariciones de personas y el Estado no adopta las medidas necesarias para evitar que se produzcan nuevas desapariciones o para investigar y llevar a los autores ante la justicia”. También es responsable cuando las desapariciones constituyen crímenes de lesa humanidad; también son responsables si no buscan y localizan a las personas desaparecidas y, en caso de muerte, si no se devuelven sus cuerpos a sus familiares y allegados de forma digna y, más en general, cuando incumplen sus obligaciones con las víctimas, incluidos los niños.

Señala que “las desapariciones forzadas en México continúan siendo cometidas directamente por agentes públicos del ámbito federal, estatal y municipal, y la delincuencia organizada se ha convertido en un perpetrador central de desapariciones, con diversas formas de connivencia y diversos grados de participación, aquiescencia u omisión de servidores públicos”.

Si México ha de echar a andar una Política Nacional de Prevención y Erradicación de las Desapariciones, deberá entonces atacar la impunidad y la corrupción. El Comité señala que el Estado debe eliminar la fragmentación de las investigaciones, con escasos cruces de información y la atomización de los fenómenos criminales en múltiples expedientes y niveles de intervención (federal y estatal), y la falta de coordinación entre autoridades. Debe tomar en cuenta los análisis de contexto desarrollados en los procesos de búsqueda e investigación, para identificar los factores de riesgo, los patrones y prácticas delincuenciales. Pero también debe abandonar el enfoque militarizado de seguridad pública: “El enfoque de seguridad pública adoptado por el Estado desde los años noventa y fomentado por la reforma legislativa del 2006 que ha sido caracterizado por la militarización para combatir la delincuencia, ha sido insuficiente e inadecuado en lo que atañe a la protección de derechos humanos.” Para quienes seguimos estos temas es claro que la impunidad y la corrupción han sido las constantes en los últimos 15 años y junto con la militarización y la política de seguridad, son parte de esos "patrones" que permiten que la criminalidad crezca económica y políticamente.

El Comité se compromete a dar seguimiento a su informe y espera una primera respuesta del Estado en 4 meses que vaya enfocada a “impedir las violaciones sistémicas y combatir la impunidad de las desapariciones forzadas” y no “limitarse a la prevención operativa, destinada únicamente a evitar amenazas concretas de las desapariciones y otras violaciones de los derechos humanos, o tan solo a reducir las desapariciones en curso”, en otras palabras, no basta decir que ya no se dan órdenes para violar derechos humanos o a la contabilidad de las víctimas. Dadas las condiciones políticas y de criminalidad que vive el país, ese esfuerzo debe ser acompañado y apoyado por órganos ad hoc de las Naciones Unidas, por ejemplo, de una Comisión Internacional contra la Corrupción y la Impunidad de Graves Violaciones a Derechos Humanos. El Comité puede activar este camino haciendo uso del artículo 34 de la Convención para dirigirse a la Asamblea General, pero México lo puede hacer por cuenta propia. Para el país la respuesta es urgente, para las víctimas la lucha sigue.

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