Efectos corruptores

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Federico Anaya Gallardo

 

Querida lectora, dejaré por un momento el análisis de las normas aplicables a títulos y cédulas profesionales para tratar un tema que trajo a la luz el Escándalo de las Sillas en el Teatro de la República la semana pasada. El título y el tema de esta columna también proviene de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; así que no me alejo mucho. En el amparo en revisión 517/2011 (quejosa: Florence Marie Louise Cassez Crepin) la ponencia del ministro Arturo Zaldívar introdujo la idea del efecto corruptor, que pervivió a lo largo de tensos debates en la Primera Sala de nuestro máximo tribunal, en los pasillos de la Administración Calderón y en la prensa –y que inspiró la resolución final, dictada en Enero de 2023, que liberó de modo inmediato a la quejosa. (La sentencia, en la Liga 1; el extracto oficial en la Liga 2.) En resumen, se considera que la puesta en escena de la supuesta captura de Cassez y Vallarta provocó “un proceso mediático de deliberación en su contra y un trato público como culpable, violatorio del derecho a la presunción de inocencia … lo cual produjo un efecto corruptor en todo el procedimiento”. Afectado así el proceso penal era imposible proseguirlo y la víctima de la puesta en escena debía recuperar inmediatamente su libertad.

 

La noción está relacionada con otras reglas generales en juicio. Una de ellas dice que si una parte tiene oportunidad de presentar una prueba ó un argumento, pero no los desarrolla completamente; no podrá hacerlo después. Si llamamos a un testigo debemos interrogarlo sobre todos los asuntos que nos interesan. Uno debe anunciar todas sus pruebas juntas. Los angloamericanos dicen que si tienes oportunidad de comerte la manzana entera y sólo le das un mordisco, es tu culpa. Se trata de que los juicios sean ordenados y razonablemente rápidos. Ahora bien, en materia penal las partes nunca son iguales: el Estado –a través del ministerio público– es evidentemente más poderoso que los particulares acusados. Así que las reglas deben ser más estrictas con el fiscal acusador que con la defensa. Por eso es que la ponencia de Zaldívar dijo que el efecto corruptor la puesta en escena montada por el titular de la policía de investigación del ministerio público federal (Genaro García Luna) afectó irremediablemente la acusación a Cassez.

 

En los EUA de los 1970s, cuando el Departamento de Justicia (que es el ministerio público de allá) acusó a Daniel Ellsberg de traición por filtrar los Pentagon Papers sobre la Guerra de Vietnam –el presidente Nixon se atrevió en una cena a sugerir al juez de la causa que debía condenar al acusado. El juez federal reportó esto a la Suprema Corte y esta ordenó detener el juicio, señalando que si el acusado tenía en contra a la Presidencia de los EUA la defensa se volvía imposible. Ya ves, lectora, que una simple plática puede causar un devastador efecto corruptor.

 

Antes de entrar propiamente en materia, debo decirte que hay efectos corruptores culturales. En Julio de 2021, en este espacio, te conté de lo ridículo que era que Gertz pretendiese codearse con los SNIs y de la igualmente ridícula crítica que hizo Sheridan de esa pretensión. (Liga 3.) Se comportaban como los marqueses de Guardiola y de Aguayo en un estrecho callejón de la Ciudad de México colonial. Las carrozas de ambos toparon frente a frente y ninguno cedían el paso, señalando que el otro debía reconocer el mejor linaje y retirarse primero. Así estuvieron días embotellados, hasta que el Virrey mandó parar y ordenó a ambos señorones que echaran reversa al mismo tiempo. La sociedad virreinal mexicana se afanaba y descosía todo el tiempo en debates de etiqueta y ceremonial. Pese a dos siglos de República, esas ridiculeces las vemos aún entre nosotros. Desde el 5 de Febrero próximo pasado tenemos a las Derechas escandalizadas por el orden de las sillas en el presidium de la ceremonia queretana y a las Izquierdas desvanecidas ante la ofensa de no pararse cuando llega el ciudadano presidente. Desvaríos coloniales que tienen un efecto corruptor –pues lo más importante en Querétaro 2023 fueron los discursos pronunciados y las ideas defendidas por las Izquierdas (Armenta y López Obrador), las Derechas (Kuri y Creel)… y el posicionamiento que ante ese debate tomó la nueva presidenta de la Suprema Corte, Norma Piña. (Sobre esto, ve mi columna en JulioAstillero, Liga 4.)

 

Pero, más atrás de la interesantísima confrontación ideológica, hay algo más grave y relevante. Pocas personas se percataron de que, en la carta de renuncia de Salvador Leyva Morelos Zaragoza como titular de casos de tortura en el Instituto Federal de la Defensoría Pública (IFDP), se señaló que el cuñado de Isabel Miranda de Wallace era secretario de estudio y cuenta de la ahora ministra-presidenta Piña. (Liga 5.) Gracias a la cobertura que Proceso y Ricardo Raphael de la Madrid han dado a las andanzas de Miranda de Wallace sabemos que ella fabricó las acusaciones con el apoyo de autoridades (entre las que estaba García Luna, por cierto) y que incluso recurrió a la tortura para lograr sus propósitos. Un caso más de la privatización de las funciones de policía y de la acusación penal a favor de las clases opulentas de nuestra sociedad.

 

El secretario de estudio y cuenta de Piña se llama Abraham Pedraza Rodríguez y no sólo es el marido de Magdalena Miranda Torres (hermana de Isabel), sino que él fue la persona que en la madrugada del 13 de Julio de 2005 dio al ministerio público defeño la noticia criminis (aviso de que hubo un delito) del secuestro de su primo. Para cualquier persona de buena voluntad debe quedar claro el efecto corruptor de esta presencia en el entorno de la ministra Piña. Lo que a mí me espanta, lectora, es que este escándalo lo dijo con todas sus letras y detalle judicial Ricardo Raphael el 21 de Mayo de 2022 –¡hace casi nueve meses!– cuatro días antes de que se discutiese en la primera sala de la Suprema Corte la atracción del amparo presentado por una de las víctimas de Wallace, Juana Hilda González Lomelí, quien lleva 16 años presa sin sentencia y quien ha sido víctima de tortura. (Liga 6.)

 

El exdefensor público Leyva nos volvió a señalar lo anterior no sólo en su renuncia, sino en las entrevistas que concedió a Julio Hernández en el espacio youtubero de JulioAstillero (Liga 7) y a Daniela Pastrana de PiédePágina (Liga 8). En estos dichos de Leyva, sin embargo, abogadas y abogados encontramos un problema. Ante el obvio y grave conflicto de interés entre la quejosa Juana Hilda González Lomelí y el secretario de estudio y cuenta de una de las ministras que conocería del caso –¿por qué no se activaron las causales de impedimento?

Las causales de impedimento son razones por las que una juzgadora no debe conocer-analizar-resolver un asunto. Hay muchas. Pero, aparte, hay una regla miscelánea: “cualquier otra análoga”. El problema es que el 18 de Marzo de 1994 (¡hace 29 años!) la antigua Suprema Corte de Justicia de la Nación (¡antes de la reforma de 1996 que la convirtió en el actual tribunal constitucional!) decidió que “no hay impedimento de un [juzgador] para intervenir en la resolución de un juicio de amparo, sólo porque el quejoso o su apoderado jurídico [sea] hermano de uno de los secretarios adscritos a su ponencia, porque tal hipótesis no se halla contenida en ninguna de las fracciones del artículo” aplicable. (Jurisprudencia P./J. 4/94 registro digital 205482, Liga 9.) Es decir… las causales de impedimento sirven sólo para las y los juzgadores y no para las y los secretarios. Primitiva y tonta, pero esta jurisprudencia parece estar tatuada en la piel de nuestra judicatura.

 

En su renovada denuncia del conflicto de interés que afectaba al secretario de Piña, sin embargo, el abogado Leyva omitió explicarnos dos detalles. Primero, que el año pasado la ministra Piña sí se excusó –señalando lo problemática que era la presencia del secretario Pedraza en su ponencia. ¡Pero la Primera Sala votó mayoritariamente en contra de la excusa!… demostrando que la jurisprudencia de 1994 sigue bien tatuada en el sistema. Leyva tampoco nos explicó que la Defensa no peleó más ese punto porque al final de cuentas, ganaron la atracción –que todas y todos esperamos que concluya con la libertad de Juana Hilda. (¡El asunto de fondo sigue sin resolverse, mientras esta víctima de Wallace sigue injustamente presa!)

 

Que la ministra Piña se excusó en Mayo de 2022 lo sabemos porque en la edición de la revista Proceso de ayer (12 de Febrero de 2023, № 2415) Diana Lastiri publicó un reportaje amplio titulado “Con todo contra la ministra Piña” (pp. 6-12) en el cual nos explicó eso y que Abraham Pedraza Rodríguez ingresó a la carrera judicial desde 2003 (dos años antes del supuesto secuestro y homicidio de su primo) como secretario en un juzgado de distrito. Pedraza Rodríguez trabajó con la hoy ministra Piña desde 2010 –cuando los casos Wallace ya estaban andando– cuando ella era magistrada en tribunal colegiado de circuito. Piña se llevó con ella a Pedraza a la Suprema Corte en 2016. La reportera Lastiri nos dice que “según fuentes consultadas por Proceso, Pedraza Rodríguez presentó su renuncia a la Corte luego de la publicación de la carta de Salvador Leyva y de que éste, a su vez, continuó declarando en medios de comunicación que su permanencia en el equipo de Piña, en la coordinación general de asesores de la Presidencia de la SCJN, implicaba un conflicto de interés” (p.9). La renuncia de Pedraza en el máximo tribunal surtió efectos el 16 de Febrero de 2023 pero el cuñado de Wallace regresará a su plaza como secretario de tribunal colegiado.

 

Estas últimas informaciones nos demuestran que la ministra-presidenta de la Suprema Corte reconoce desde 2022 la gravedad del conflicto de interés representado por quien fuese su secretario de estudio y cuenta en los casos fabricados por Wallace. Lo grave es que durante un año entero lo sostuvo junto a ella –siendo que juntos habrían de conocer y trabajar el caso de Juana Hilda González Lomelí. Lo terrible es que se necesitó del escándalo hecho por Leyva para que finalmente Piña sacase a Pedraza de su entorno. Para suerte de la Justicia, la ministra-presidenta no vota en la Primera Sala.

 

¿Ves, querida lectora, cómo el Escándalo de las Sillas nos distrae de lo verdaderamente importante? ¡Atención con todos los efectos corruptores!

 

Ligas usadas en este texto:

 

Liga 1:

https://www.scjn.gob.mx/derechos-humanos/sites/default/files/sentencias-emblematicas/sentencia/2021-04/ADR%20517-2011.pdf

 

Liga 2:

https://www.scjn.gob.mx/derechos-humanos/sites/default/files/sentencias-emblematicas/resumen/2021-04/Resumen%20ADR517-2011%20DGDH.pdf

 

Liga 3:

La sociedad cortesana

 

Liga 4:

Sinaí en llamas. Autor: Federico Anaya Gallardo

 

Liga 5:

 

Liga 6:

https://www.milenio.com/opinion/ricardo-raphael/politica-zoom/abraham-pedraza-denunciante-mentiroso-caso-wallace-funcionari

 

Liga 7:

https://shows.acast.com/astillero-informa-con-julio-astillero/episodes/entrevista-a-salvador-leyva-03febrero2023

 

Liga 8:

La Suprema Corte de Norma Piña: Infiltrada por Isabel Miranda, descabeza Defensoría Pública

 

Liga 9:

https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/205482

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