Desapariciones forzadas en el tiempo presente

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Mitzi Elizabeth Robles Rodríguez

Los archivos, las narraciones, los testimonios son armas contra el olvido,

denuncias de un crimen, reclamos de justicia.

(Roberto González Villareal, Historia de la Desaparición)

 

 

La desaparición de personas en México es un problema innegable, de proporción aún indeterminada [1]. Existe una aproximación estadística que nos permite tener una dimensión mínima sobre este fenómeno que nos aqueja: hasta ahora hay más de 110 800 personas desaparecidas [2]. En otros momentos hemos podido hablar sobre la complejidad de este tema y lo importante que resulta reconocerlo como una de las problemáticas más graves a las que nos enfrentamos como sociedad. En este sentido, no es nuestra intención polemizar sobre lo que el Presidente Andrés Manuel López Obrador reconoce y comprende, o no, sobre este asunto. Lo que nos interesa es ofrecer una explicación al respecto, aunque esta sea mínima y simplificada.

 

Hay un registro oficial de acceso público que, pese a todo su vacío informativo, nos permite confirmar que la desaparición es un problema vigente en constante proliferación. Por ejemplo, por este registro sabemos que del año 2019 al año 2023 se han denunciado mínimo 487 desapariciones forzadas en su categorización estricta, es decir, las desapariciones que son cometidas con participación directa de servidores públicos, o bien con su autorización y/o apoyo.

 

Recordemos que en la actualidad es posible distinguir los tipos de desaparición que define y explica la legislación en la materia [3]: se trata de manera clara de la desaparición forzada y la desaparición cometida por particulares [4]. Si bien se insiste recurrentemente en concebir todas las desapariciones de personas como forzadas, porque con esto se alude una condición de involuntariedad de las víctimas directas respecto a su ausencia, en esta ocasión nos concentramos en la definición clásica, por decirlo de alguna manera, para intentar explicar algunas cuestiones relacionadas.

 

Pues bien, si hay una cifra mínima de denuncias por desaparición forzada de personas en los últimos 5 años significa que existen las evidencias suficientes para que el crimen sea tipificado de esa manera, y esto es lo relevante, porque el reconocimiento del problema implica en cierta forma un compromiso para la comprensión del mismo. Comprender por ejemplo que la configuración del crimen en cuestión se ha transformado con el tiempo, de tal forma que sí es posible identificar rasgos de continuidad, pero también cambios sustanciales en su ejecución con respecto a las desapariciones cometidas en el periodo histórico conocido como la Guerra Sucia [5]. Porque lo que ahora ya sabemos, después de años de cruenta violencia es que las desapariciones forzadas del tiempo presente, pueden ser ejecutadas en colaboración con las redes de macrocriminalidad y otros actores privados más o menos reconocidos e insertos en los diversos escenarios políticos y económicos (legales o ilegales) de nuestro país [6]. De tal manera que no es adecuado evaluar y analizar el fenómeno de la desaparición contemporánea bajo las estrictas características de los crímenes cometidos como parte de una estrategia de contrainsurgencia que se gestó en México en un contexto de violencia política y que tenía como objetivo, para decirlo de manera muy simple, disolver cualquier grupo que buscaba la transformación del régimen político en turno [7]. Negar las desapariciones forzadas actuales y acotar su comprensión únicamente a esta definición histórica, nos aleja de una respuesta social y política, urgente y obligada.

 

Es importante decir que, si bien en el universo abrumador de casos, aquellos que son reconocidos o tipificados como desaparición forzada representan un número menor, es necesario tomar en cuenta que una de las características sustanciales de este tipo de crimen es que existe muy poca información sobre lo sucedido a las personas desaparecidas. Por lo tanto, es muy probable que existan más casos que no han podido ser tipificados pero por falta de información o una investigación relevante capaz de esclarecer las razones y el tipo de desaparición cometida. Y dado que la falta de evidencia es una característica intrínseca al problema en cuestión, esto no puede ser utilizado como un elemento que diluye la complejidad y dimensión del problema, sino todo lo contrario. La comprensión histórica de la desaparición es relevante, entre muchas otras cosas, porque se trata de crímenes cometidos por agentes del Estado que no han sido resueltos y en los que las víctimas no han obtenido la justicia que han demandado por décadas.

 

Pero insistimos, las desapariciones forzadas en su estricta categorización, se continúan consumando con el signo propio de esta época actual. El politólogo Romain Le Cour  dice que “la violencia, legítima o ilegítima, no es una anomalía sino un recurso político. Una herramienta que permite obtener o conservar una posición de poder frente a competidores que no buscan derrocar el sistema sino abrirse un espacio dentro del juego político, en contacto con autoridades públicas” [8]. En este tenor, nos parece que la desaparición forzada, pero también un número considerable de las desapariciones por particulares, es una expresión de esta violencia que se instrumentaliza para dar paso al proceso de estructuración y transformación del escenario político-económico a partir, precisamente, de la configuración de redes de articulación entre servidores públicos y actores privados diversos. Esta idea nos permite desplazar la comprensión de la desaparición forzada que se ejecuta estrictamente a opositores de un régimen político, para entenderla como un crimen que tiene por objetivo sostener las alianzas que garantizan el mantenimiento del dominio político-económico, local y nacional. Este es el signo de nuestra época en México.

 

También están esas desapariciones que se ejecutan porque se ha extendido una pedagogía de la desaparición que facilita el ocultamiento de otros crímenes graves que responden a formas de la violencia propias de contextos sociales y culturales signados por la exclusión y la desvalorización de la vida (pensamos por ejemplo  en la desaparición que afecta a las niñeces y las mujeres).

 

Ante un problema generalizado y extendido en prácticamente todo el país, no hay forma de negarlo o minimizarlo, aún cuando no todas las desapariciones sean ejecutadas por personas vinculadas a las instituciones de gobierno, la omisión y negligencia sistemática que caracteriza a la respuesta institucional, son faltas graves a la obligación que tiene el Estado respecto a la salvaguarda de la vida y derechos de todas las personas. El fenómeno de la desaparición no se erradica por decreto, el registro nacional de personas desaparecidas es la cuantificación mínima de denuncias concretas sobre casos no resueltos y vidas de personas no recuperadas. Tal cuantificación se fortalece con el desborde de testimonios de familias que buscan a un ser querido y con todos los trabajos de documentación que éstas y otras personas de la sociedad civil han realizado para dar cuenta de esta realidad.

 

Por todo lo anterior, advertimos que esta explicación que intentamos ofrecer va más allá de si somos, o no, afines al gobierno actual. Por el contrario, tratamos de dar cuenta de hechos que tienen un impacto en la vida social de las comunidades o lugares donde suceden, y que no han cesado ni disminuido desde que se empezaron a registrar de manera masiva en el año 2006. Finalmente, pensamos que una respuesta efectiva a este tipo de problemáticas requiere de su reconocimiento explícito (social y político) y una comprensión anticipada de la misma, que permita crear mecanismos de acceso efectivo a la verdad y la justicia.

 

Notas

[1] A partir del año 2006, la desaparición de personas se convirtió en un problema generalizado en todo el país que, hasta el día de hoy, sigue creciendo. Todos los días se suman denuncias por casos de desaparición en muchos estados y se sabe que, por los contextos de impunidad y de riesgos en los que vivimos, no siempre es posible denunciar este tipo de crimen. De tal modo que no existe certeza sobre la cifra real de personas desaparecidas en México.

[2] La cifra actualizada de denuncias por desaparición en México, se puede consultar en la página del Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas (RNPDNO): https://versionpublicarnpdno.segob.gob.mx/Dashboard/ContextoGeneral

[3] La Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda, se publicó en el Diario Oficial de la Federación en el año 2017 y la última reforma a esta ley se publicó el año de 2022.

[4] El delito de desaparición consiste en la privación de la libertad en cualquier forma de una persona, seguida del ocultamiento de la víctima, suerte o paradero. La desaparición cometida por particulares es la que consuma cualquier persona que no ocupa algún cargo del servicio público, o que no está apoyada en la consumación del delito por alguna otra persona que sí ocupa un puesto en el servicio público.

[5] Se le da el nombre de “guerra sucia” al periodo histórico en el que el Estado mexicano desplegó prácticas represivas contra ciertos grupos de la población entre los años que van de finales de los sesenta y ochenta.

[6] La desaparición de los estudiantes normalistas de Ayotzinapa es un ejemplo.

[7] Esta definición la recuperamos del trabajo de Camilo Vicente Ovalle, el cual sugerimos para comprender el desarrollo histórico de la desaparición forzada: Vicente Ovalle, Camilo. (2019) [Tiempo suspendido]: Una historia de la desaparición forzada en México, 1940-1980. México: Bonilla Artigas Editores.

[8] Le Cour Grandmaison, R. (2020, 7 diciembre). Orden, soberanía(s) y violencia en México. Otra propuesta. Nexos. Recuperado el 05 de mayo de 2023 de https://seguridad.nexos.com.mx/orden-soberanias-y-violencia-en-mexico-otra-propuesta/

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