Lo público y lo privado

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Federico Anaya Gallardo

 

La mañana en que estarás leyendo estas líneas, lectora, la Suprema Corte de Justicia de la Nación estará a punto de discutir los amparos en revisión 176/2021 y 77/2021, en los cuales las quejosas Laura Morán Servín y Alejandra Guadalupe Cuevas Morán se quejan de las órdenes de aprehensión y sujeción a proceso que se dictaron en tribunales de la Ciudad de México en su contra. ¿Por qué nuestro máximo tribunal está atendiendo estos dos casos?

 

Las ciudadanas Morán Servín y Cuevas Morán están acusadas de negligencia en los cuidados médicos, misma que habría llevado a la muerte de otro ciudadano. Este ciudadano respondía en vida al nombre de Federico Gertz Manero. Este último murió en Septiembre de 2015 en un hospital privado, luego de que su hermano menor, Alejandro, lo sacara de su domicilio y lo internase. En aquél momento, en su calidad de deudo privado, el hermano menor hizo denuncia de hechos en contra de las ciudadanas Morán y Cuevas. La denuncia se presentó ante la fiscalía general de la Ciudad de México.

 

Las investigaciones del caso tardaron y Alejandro Gertz Manero debió litigar –al parecer incluso mediante amparo– para lograr que la fiscalía estadual terminase la investigación y judicializara el caso. El problema es que para cuando el asunto finalmente llegó a un juzgado penal el hermano menor ya había sido nombrado Fiscal General de la República por el Senado.

 

¿Por qué esto es un problema? Porque no es lo mismo que el ciudadano privado Alejandro litigue un asunto como víctima de un presunto delito a que sea el ciudadano Fiscal General de la República quien lo haga. Se trata de una complicación antigua: Las personas privadas tienen intereses propios y también tienen derecho a litigar por ellos; pero cuando están investidas de un cargo público es imposible que litiguen sin esa “cobertura”.

 

En el medioevo europeo se decía algo así como que “el rey tiene dos personas”, una privada que es como cualquiera otra, una pública en la cual actúa como soberano. En el derecho moderno anglosajón esto se llama sovereing immunity y se repite una vieja máxima medieval: el rey no puede pecar. En cuanto rey. Pero en cuanto ciudadano sí: y por eso Luis Capeto fue condenado a muerte por traicionar a la Nación Francesa.

 

El caso que hoy nos ocupa es más complejo, porque en este caso el “rey” no se presenta ante los tribunales como acusado, sino como víctima. Nadie mejor que Alejandro Gertz Manero para explicarnos el problema. En la entrevista que le concedió a Rubén Luengas el 22 de Marzo de 2022 (programa En Contexto de La Octava), el Fiscal General de la República explicó que “las partes que estamos defendiendo nuestros derechos en una materia que no es federal sino local tenemos todas las garantías para poder acudir ante los ministros y si ellos nos reciben –porque en eso también hay ministros que reciben a las partes y hay ministros que prefieren recibir algún memorando. … Es decir, es una práctica de transparencia y de equidad que se lleva a cabo todos los días”. (Liga 1, minuto 10:53 y siguientes.)

 

Ante esa prístina e ingenua declaración de Alejandro-víctima, el reportero Luengas preguntó: “—¿Por qué cree Usted que esto es lo que más trascendió?” (11:38) Nota, lectora, que en el cuadro que transmitió La Octava se indica con toda claridad que el entrevistado vía telefónica es el Fiscal General de la República. Gertz Manero señaló que él estaba siendo víctima de una extorsión y, ante esto, Luengas afinó bien la cuestión: “—¿Quiénes son los extorsionadores, fiscal? ¿Quién quiere extorsionarlo a Usted?” (13:14) Y es entonces que Alejandro-Fiscal General respondió: “—Te lo voy a decir con toda claridad, Rubén, para que no haya dudas … ¿quién tiene la suficiente capacidad para cometer un delito en contra de un funcionario que tiene las actividades que yo desempeño?” (13:18–15:34).

 

Decimos los abogados: A confesión de parte, relevo de pruebas. Primero, Alejandro Gertz Manero correctamente señaló que estaba enterado del trámite de los dos amparos en revisión que resolverá la Suprema Corte en su calidad de víctima. En otras palabras, que él estaba perfectamente legitimado para discutir lo que todos oímos que debatió en las grabaciones filtradas en YouTube. Pero de modo inmediato el propio Alejandro Gertz Manero indica que realizar esas grabaciones y publicarlas en YouTube es un delito en contra de un funcionario público. En verdad, el rey tiene dos personas… y Gertz es incapaz de distinguir cuándo actúa como privado y cuándo bajo el manto de su investidura pública.

 

Cuando David Peña y yo abordamos este caso en Momentum, el pasado 7 de Marzo de 2022 (Liga 2, 3:05:00–4:06:00), afirmamos que había un claro conflicto de interés y que Alejandro Gertz Manero estaba cometiendo un delito federal previsto en el artículo 225 del Código Penal Federal: “Son delitos contra la administración de justicia, cometidos por servidores públicos los siguientes: … VII.- Ejecutar actos o incurrir en omisiones que produzcan un daño o concedan a alguien una ventaja indebidos; VIII.- Retardar o entorpecer maliciosamente o por negligencia la administración de justicia;…”

 

Aquí debo aclarar que el delito del que se acusa a las ciudadanas Morán y Cuevas está en fuero estadual, es decir, ante tribunales de la Ciudad de México. Por lo mismo, la Fiscalía General de la República no es la parte acusadora. Así pues, el conflicto de interés entre ciudadano privado y funcionario público no aparece allí. Pero siendo Alejandro Gertz Manero un altísimo funcionario federal, sí tiene la posibilidad de ejecutar actos que producen daño a las acusadas-amparistas y que conceden ventaja indebida a la parte de la familia Gertz que se siente agraviada por la muerte de su hermano Federico. Por otra parte, la intervención de Alejandro Gertz Manero indudablemente ha alterado/afectado el curso normal de los juicios de amparo promovidos por las ciudadanas Morán y Cuevas. ¿Si el ciudadano Alejandro no fuese Fiscal General de la República habría tenido las facilidades y acceso que varios ministros le han concedido? La respuesta es obvia: No. El mismo don Alejandro ha explicado que las investigaciones derivadas de su denuncia ante la fiscalía estadual languidecieron antes de su nombramiento.

 

El 10 de Marzo de 2022 La Jornada reportó que el ciudadano Alejandro Gertz Manero acudió “al edificio de Pino Suárez 2 el mediodía de este miércoles [9 de Marzo]. De acuerdo con fuentes del alto tribunal, fue recibido por al menos tres ministros, ante quienes expuso sus argumentos. Consultados al respecto, los canales oficiales de la FGR omitieron hacer comentarios.” (Liga 3.) Pésimo. La Fiscalía debería habernos aclarado que su titular acudió allí como ciudadano privado, en su carácter de tercero interesado en los juicios de amparo porque fue víctima del delito. Incluso, debería habernos aclarado que su titular había pedido licencia sin goce de sueldo ese día para poder atender ese asunto privado.

 

De otra manera, se sostiene la apariencia de un acto impropio. Que Alejandro Gertz Manero siga confundiendo sus papeles como ciudadano privado y funcionario federal puede construirse como un acto de corrupción y es, por supuesto, contrario a la imparcialidad que la Constitución exige a la FGR. Para acabarla de atrasar, diría mi Nana Mary: la persona con quien el Fiscal General conversaba acerca de los casos era Juan Ramos López, Fiscal Especializado en Control Competencial de la propia FGR, su segundo de abordo y quien debe sustituirle cuando por cualquier razón el titular no pueda atender un asunto (como estos). Como el Fiscal General ya nos dijo (ante el reportero Luengas) que a él lo grabaron en su calidad de funcionario, podemos asumir que Ramos López estaba en esa conversación como su subordinado. En otras palabras, Alejandro Gertz Manero ha usado recursos humanos públicos para litigar un asunto privado.

 

Coda: En todos los procesos de amparo, el ministerio público federal es parte ex oficio. Los agentes de ministerio público federal que están atendiendo los juicios de amparo y los amparos en revisión de las ciudadanas Morán y Cuevas son subordinados de Alejandro Gertz Manero. Esta es otra razón por la cual el titular de la FGR está violando la imparcialidad a que le obligan Constitución y Leyes.

 

Ligas usadas en este texto:

 

Liga 1:

 

Liga 2:

 

Liga 3:

https://www.jornada.com.mx/notas/2022/03/10/politica/gertz-manero-acude-a-la-scjn-busca-acuerdo-en-caso-contra-su-cunada/

 

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