Castigo sin juicio es autoritarismo

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Michael W. Chamberlin

RompevientoTV, a 9 de noviembre de 2021

 

Una de las características de la democracia es el control y los límites al poder, y de sus bienes más preciados, la libertad; pero cuando el poder está concentrado en el gobierno, particularmente en los modelos presidencialistas como el nuestro, el principio de presunción de inocencia es fundamental para evitar abusos y el modelo acusatorio es básico para obligar a la autoridad a trabajar y acusar con pruebas más allá de los dichos.

En las recientes elecciones en Nicaragua vemos un ejemplo de ese abuso del poder presidencial, en el que Ortega encarceló a toda la oposición seria para impedirle participar en las urnas y ha perseguido a periodistas y defensores y defensoras de derechos humanos que han sido críticos a su gobierno.

El uso discrecional de la cárcel para acallar la libertad de expresión y la participación política ataca uno de los bienes más preciados de la democracia, que es la libertad, y denota la falta de límites al poder que es una de sus principales características. La prisión preventiva oficiosa en México va por ese camino.

La prisión preventiva es, como indica su nombre, una alternativa cuando hay bienes mayores que proteger, como los derechos de las víctimas a no ser agredidas y a tener un juicio justo y expedito. Por su naturaleza, necesita ser ponderado caso por caso por un juez. Hacer de esta figura una medida oficiosa para más de una veintena de delitos, desnaturaliza su razón de ser para aplicarse de manera universal sin ninguna ponderación o vínculo contextual ni de la víctima ni del acusado.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación recientemente declaró inconstitucionales los cambios legislativos para ampliar el catálogo de delitos que merecen prisión preventiva oficiosa, declarándolos contrarios a la presunción de inocencia y a los derechos humanos. Arturo Saldívar, presidente de la Suprema Corte, señaló al respecto que “(e)n la mayoría de las democracias, salvo casos excepcionales, las personas se encuentran en libertad, salvo que haya una sentencia que acredite su responsabilidad. En México, hemos abusado desde hace mucho tiempo de la prisión preventiva. Muchas veces se detiene para investigar. Y esto ha afectado a miles de personas pobres que no tienen la posibilidad de tener un abogado de calidad”. Cabe resaltar que, por fortuna, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha resuelto últimamente varios asuntos controvertidos privilegiando los derechos humanos, este es uno de ellos.

El ministro presidente añadió: “Por eso, la prisión preventiva oficiosa, que se dicta en automático sin valorar las circunstancias del caso, es contraria a la Convención Americana de Derechos Humanos. Esto no implica que delincuentes peligrosos estén en libertad, sino que, en estos casos, la juez o el juez deberán dictar una resolución que fundamente por qué una persona debe estar detenida mientras se resuelve sobre su responsabilidad”. La sentencia sólo invalidó los delitos contenidos en esa reforma: contrabando y defraudación fiscal y los relacionados con la facturación falsa, pero la lógica es extensible a todos los casos, por lo que un futuro amparo podría revocar totalmente la prisión preventiva oficiosa.

Los efectos del mal uso de un mecanismo originalmente de protección son escandalosos. Una investigación de Animal Político y la organización civil Intersecta concluye que, lejos de acabar con la impunidad de los grandes corruptos, la prisión preventiva oficiosa ha provocado que en México se encarcele a un promedio de 300 personas diarias, en su mayoría personas que no pueden pagar una fianza, un amparo o un abogado. Esto ha provocado ya el crecimiento más rápido de la población penitenciaria en 15 años, y el encarcelamiento de mujeres ha crecido al doble de lo que ocurre con los hombres. La cárcel se ha llenado de gente pobre e inocente. Los actos contrarios a la libertad de las personas no son democráticos, sino autoritarios.

Al menos desde el sexenio calderonista se ha criticado la tendencia a buscar presuntos culpables (recordemos el documental que lleva ese nombre), y la prisión preventiva oficiosa ha exacerbado esta práctica. El 85 % de las personas encarceladas en el país en 2020, continúa el estudio, no tienen sentencia ni se les ha probado el delito; para el caso de Oaxaca y la Ciudad de México, esta cifra alcanza el 100 % para el mismo año.

En los hechos se ha vuelto un mecanismo que pone más énfasis en el castigo inmediato que en la justicia, en una lógica de no importa quién lo hace sino quién lo paga. Se entiende la desesperación por el alto grado de impunidad (que, sin embargo, se mantiene por encima del 95 %) y los escandalosos casos de corrupción que vivimos en el país en los últimos años, pero la respuesta no se encuentra en prejuzgar metiendo a la cárcel sin debido proceso y sin ponderación judicial.

La solución, aunque sea a largo plazo, está en fortalecer el sistema de procuración y administración de justicia, esto implica profesionalizar a las fiscalías para que estén a la altura del sistema acusatorio, es decir, para que investiguen y encuentren las pruebas, evitando los abusos y buscando en verdad la justicia, y aumentando el número de jueces por cada 100 mil habitantes (actualmente de poco más de 2 jueces para llegar al menos a 16, como ocurre en cualquier otra democracia que se precie de funcionar).

Castigo con juicio es punitivismo (que ya es bastante criticable), pero castigo sin juicio es autoritarismo. Se trata de la calidad de nuestra democracia, para que funcione esperando lo mejor, pero estando preparados para los peores escenarios. La prisión preventiva oficiosa constituye un abuso en sí misma porque no le pone límites al poder y podría ser utilizada también como instrumento de ataque político. Por el contrario, una democracia fortalecida con un sistema de rendición de cuentas, límites y contrapesos al poder podrá contener cualquier autoritarismo.

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