#SOSArticulo34. Visita del Comité de Naciones Unidas contra la Desaparición Forzada

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Michael W. Chamberlin

Rompeviento TV a 16 de noviembre de 2021

El Comité de Naciones Unidas contra la Desaparición de Personas hace una visita oficial a México del 15 al 26 de noviembre. Es la primera vez que viene a México y la primera vez que visita algún país dada la relativamente corta vida de la Convención y su Comité. La Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra la Desapariciones Forzadas fue adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en diciembre de 2006 y México la suscribió en 2007, depositando el instrumento de ratificación en 2008.

La Convención establece un Comité encargado de supervisar su cumplimiento, integrado por 10 expertos independientes de diversas nacionalidades y regiones del mundo. Entre sus funciones están las de emitir acciones urgentes, recibir casos, hacer visitas a países y, en última instancia, llamar la atención de la Asamblea General de la ONU sobre situaciones donde la desaparición es generalizada o sistemática.

La desaparición forzada de personas es considerada una de las violaciones a derechos humanos más atroces por los efectos que tiene para la víctima, que está expuesta a todo tipo de vejaciones, así como para sus familiares, quienes sufren la incertidumbre prolongada de la suerte de su familiar, un sufrimiento que los órganos internacionales equiparan a la tortura. Cuando las desapariciones son generalizadas o sistemáticas tienen como resultado un estado de terror.

Es la primera vez que el Comité visita un país y ha decidido que sea México. No es casual: el Comité no viene a investigar la problemática de la desaparición de personas en México, viene porque ya la conoce. El artículo 33 de la Convención en mención establece que “(Art33 Frac 1) (s)i el Comité recibe información fidedigna que revele violaciones graves de las disposiciones de la presente Convención por un Estado Parte podrá (…) solicitar a uno o varios de sus miembros que efectúen una visita al mismo y le informen al respecto sin demora.” La visita del Comité es en sí misma una declaración y una denuncia.

La preocupación internacional por las desapariciones en México tiene al menos 11 años. En 2011, el Grupo de Trabajo sobre Desaparición Forzada de la ONU hizo una visita a México por el aumento de casos de desapariciones registrados entre 2009 y 2010. En su informe expresó su preocupación por “un deterioro en relación con las desapariciones forzadas en México” y por la posible participación de las fuerzas armadas en éstas.

Dada la información adicional que las Naciones Unidas continuó recibiendo, en 2013 el Comité contra la Desaparición Forzada solicitó por primera vez una visita a México sin obtener respuesta de las autoridades. En su primera revisión periódica a México, en 2015, el Comité de Desapariciones Forzadas señaló que “(l)a  información  recibida  por  el  Comité  ilustra  un  contexto de  desapariciones  generalizadas  en  gran  parte  del  territorio  del  Estado  parte,  muchas  de  las cuales  podrían  calificarse  como  desapariciones  forzadas, (…).” En ese entonces se reportaban de manera oficial alrededor de 30 mil personas desaparecidas en el contexto de la política de seguridad, sumando los sexenios de Calderón y Peña Nieto.

Hoy existen oficialmente 94,452 personas en calidad de desaparecidas, de un total de 232,291 personas desaparecidas, no localizadas y localizadas. Los números sugieren una problemática generalizada en todo el país, no obstante, constituyen un subregistro; recordemos que los datos se alimentan de las averiguaciones previas y carpetas de las fiscalías de todo el país y, sin contar su falta de rigurosidad, sólo representan una parte de los casos, puesto que la mayoría no se reporta ni se denuncia. Lo peor es que el ritmo de las desapariciones es de aproximadamente mil personas al mes, lo que reduce las posibilidades de encontrar a los desaparecidos y que obtengan justicia y reparación.

El Comité ha seguido de cerca la situación en México, ha recibido cientos de acciones urgentes y empieza a recibir casos individuales; tiene informes de seguimiento tanto del gobierno mexicano como de la sociedad civil y conoce de los graves problemas de impunidad, de los límites de las Comisiones de Búsqueda y de la crisis forense. Sabe de antemano que las desapariciones son generalizadas y tiene alguna idea sobre su carácter sistemático. Por eso, el Comité viene a México a aclarar dos cosas: si existen prácticas generalizadas o sistemáticas de desaparición, y si el gobierno tiene un buen plan y la capacidad para enfrentarlas, porque a lo largo de su visita tendrá presente el artículo 34 de la Convención, que señala:

“Si el Comité recibe información que, a su juicio, contiene indicios bien fundados de que la desaparición forzada se practica de forma generalizada o sistemática en el territorio bajo la jurisdicción de un Estado Parte, y tras haber solicitado del Estado Parte interesado toda la información pertinente sobre esa situación, podrá llevar la cuestión, con carácter urgente, a la consideración de la Asamblea General de las Naciones Unidas, por medio del Secretario General de las Naciones Unidas.”

Existen diversos estudios de la prensa de investigación, de la academia y de la sociedad civil, que apuntan a varias causas de las desapariciones y su carácter sistemático, como son el control territorial del crimen organizado o en el lucro que le representa la trata de personas, de manera coludida con empresarios y autoridades. Sin embargo, la sistematicidad de las desapariciones no se puede establecer sin investigaciones penales de macrocriminalidad. La impunidad de la que nadie se ocupa juega un papel vital en el ocultamiento de las personas desaparecidas.

Muchos colectivos de víctimas y organizaciones de la sociedad civil que han venido impulsando acciones de búsqueda, de verdad y justicia para las personas desaparecidas a pesar de las reticencias enormes de los últimos tres gobiernos, que están tan cansados como convencidos de que el Estado mexicano no puede detener las desapariciones y a sus responsables, también tienen en mente solicitar al Comité la aplicación del Artículo 34 de la Convención en las reuniones que sostendrán con él. Apoyemos en las redes con #CED #SOSArticulo34

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