La tentación autoritaria y la ley del más débil

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Michael W. Chamberlin

Rompeviento TV a 6 de septiembre de 2022

 

Una unidad del ejército mexicano asesina a una niña en Tamaulipas y el gobierno federal insiste en la prisión automática de los sospechosos de cometer un crimen. Persecución armada y encarcelamiento son los pilares de la estrategia de “seguridad” desde hace tres sexenios, que el régimen actual pretende fortalecer con la oficialización de la naturaleza militar de la Guardia Nacional y la defensa de la Prisión Preventiva Oficiosa. ¿Quién puede estar seguro con esas políticas?

¿Pueden los congresistas aprobar leyes que violen derechos?, ¿hasta dónde llega su soberanía?, ¿cuáles son los límites de las mayorías?, ¿cómo se protegen los derechos del más débil si no lo hacen las mayorías?

La democracia no es sólo el gobierno de las mayorías, es más bien, una red tensa en equilibrio para evitar autoritarismos. Su trama se compone también de la división de poderes, de la participación y la rendición de cuentas como mecanismos de control del poder, y de las instituciones, con el único fin de hacer posible los derechos y las libertades. Si alguna esquina de la red se destensa se abre el riesgo a la arbitrariedad, el abuso de poder y la violación a los derechos humanos.

La idea de los derechos humanos como objeto de la ley no es nueva, es uno de los pilares fundamentales del movimiento constitucionalista que fue bandera del independentismo del Siglo XVIII. La Constitución como sistema de derecho trajo dos novedades. La primera fue reconocer que la soberanía radica en el pueblo y la segunda, establecer el propósito mismo del Estado: la protección de derechos y libertades.

Desde la Constitución de 1857 se puede leer: “ARTICULO 1. El pueblo mexicano reconoce que los derechos del hombre son la base y el objeto de las instituciones sociales. En consecuencia declara que todas las leyes y todas las autoridades del país deben respetar y sostener las garantías que otorga la presente Constitución” (Constitución Política de la República Mexicana de 1857).

A partir de la reforma de 2011 nuestro artículo 1 constitucional vigente, reconoce también los derechos humanos de los tratados internacionales y su carácter progresivo, es decir, que no se pueden echar para atrás y que las únicas reformas posibles son para ampliar las libertades y los alcances de esos derechos. Todas las autoridades, incluidas las del Congreso deben atenerse a esto y el poder judicial tiene la obligación de vigilar que las leyes que se aprueban sean congruentes con los derechos constitucionales y convencionales. Por eso el poder legislativo no puede hacer leyes contrarias a los derechos y el poder judicial no puede no revisar que así sea o echar atrás esas leyes, lo contrario implica destensar esa red de contrapesos llamada democracia. Esto es precisamente lo que hará en estos días la Suprema Corte, revisará si la prisión preventiva oficiosa es compatible con los derechos reconocidos en la Constitución y los tratados internacionales.

Si viola derechos entonces no es una buena estrategia. Si por la seguridad hay que sacrificar otros derechos, entonces no se trata de seguridad si no de control. No sólo nos lo recuerdan los órganos de derechos humanos de Naciones Unidas y del Sistema Interamericano un día sí y otro también, nos lo dicen 15 años de fracaso de estas políticas de seguridad.

Los estándares de derechos humanos señalan que la prisión preventiva oficiosa atenta contra los derechos y las instituciones democráticas: es contraria al derecho a la libertad e integridad personal, atenta contra el principio de igualdad ante la ley y la independencia judicial. El presidente López Obrador insiste que no se puede confiar en los criterios de los jueces, pero con esa lógica se violan derechos, no se obtiene seguridad y se atenta contra los contrapesos democráticos.

La crisis de justicia en México es evidente, pero nada se gana con anularla, por el contrario, el camino es fortalecerla: ampliar el número de jueces (actualmente 2.2 por cada 100,000 habitantes, la mitad del promedio en el continente americano y ocho veces menos que lo registrado a nivel mundial), mejorar los controles de la judicatura contra la mala actuación de éstos, y dotar de los recursos suficientes para la capacitación y la infraestructura para tener juicios realmente públicos y abiertos al escrutinio. ¿por qué no invertir en justicia en lugar de medidas militares?

La aprobación la semana pasada en la cámara de diputados de las leyes secundarias que permitirían a la Secretaría de la Defensa ejercer el mando militar sobre la Guardia Nacional son también un atentado a la seguridad entendida como un derecho humano y a la Constitución. Falta ver si la protección de los derechos es un argumento en la aprobación o no de las reformas en el Senado o prevalecerá la odiosa tiranía de las mayorías. Si es aprobada tendrá que ser revisada también por la Suprema Corte, queja de por medio.

Tristemente prevalecen las voces que opinan que las mayorías en el Congreso no tienen límites, que el control judicial es una invasión de poderes y que el derecho internacional (que hemos libre y soberanamente aceptado) no tiene el nivel de la Constitución. Este es el pensamiento conservador más rancio que expresa la tentación autoritaria. Las corrientes más garantistas del derecho señalan que el debate no es cuál ley es más importante sino cual protege mejor (porque el fin del Estado es proteger los derechos de las personas y no al revés). Veremos qué decide hoy la Suprema Corte sobre la jerarquía de las leyes y los límites al poder legislativo en el debate de la Prisión Preventiva Oficiosa, por lo pronto ayer tres de cinco ministros prefirieron la ruta más conservadora y menos garantista.

Para la tendencia militarista tendremos que esperar. Desafortunadamente los tiempos de la Suprema Corte son arbitrarios y largos, como lo demuestra la espera de más de dos años para resolver las controversias constitucionales contra los decretos presidenciales que permiten la actuación de militares en seguridad pública. Mientras le toca turno se ha ido la vida de más de 8 personas ejecutadas, entre ellas Heidi Mariana, esa niña de cinco años en Nuevo Laredo.

Luigi Ferrajoli, un filósofo italiano del derecho, señala que los derechos humanos son la ley del más débil ante las decisiones de quienes ostentan el poder (los más débiles no son siempre las minorías como tampoco los más fuertes son siempre las mayorías). Desde esta perspectiva, legislar desde la posición del más débil permite buscar marcos más armónicos y equilibrados para la convivencia social, eliminando las exclusiones y las desigualdades. En esto hacía sentido la frase de “primero los pobres”, pero todo indica que eso cambió o no lo era en el sentido de hacer posible los derechos de los más débiles.

Para fortalecer la urdimbre de nuestra democracia, faltará preguntarnos, entre otras cosas, ¿cómo hacemos para que los legisladores sean fieles a sus electores y sus derechos, y no a los intereses de unos cuantos en el poder de turno?, ¿cómo hacemos para que los futuros gobernantes no sean tentados por el autoritarismo?

Hoy martes 6 de septiembre, a las 8 de la noche habrá una marcha ciudadana del Ángel de la Independencia al Senado donde habrá una Velada por la Paz para manifestar el rechazo a la política militarista que se consolidará con una Guardia Nacional militar. La libertad de expresión y manifestación es otra trama en la urdimbre de la democracia, tensémosla.

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