Imposible crear una Comisión de la Verdad sobre Ayotzinapa: magistrado 

  • 0

Imagen: Fernando Santillán

Imposible crear una Comisión de la Verdad sobre Ayotzinapa: magistrado 

Paola Atziri Paz

Es jurídicamente imposible crear una Comisión de Verdad y justicia para investigar la desaparición de los 43 normalistas de Ayotzinapa el pasado septiembre de 2014, así resolvió el magistardo federal Gabino Pérez García.

El titular del Tercer Tribunal Unitario en Reynosa, Tamaulipas, señaló  fundado un incidente de imposibilidad planteado por la Procuraduría General de la República (PGR), que no permite cumplir la orden de crear la Comisión, prevista en cinco amparos concedidos en  junio pasado por el Primer Tribunal Colegiado del Décimo Noveno Circuito.

De acuerdo con el tribunal, la imposibilidad se da por un amparo promovido por Patricio Reyes Landa, El Pato, uno de los presuntos sicarios del grupo criminal Guerreros Unidos procesados por la desaparición de los estudiantes de la Escuela Normal Rural Raúl Isidro Burgos de Ayotzinapa.

“Se declara que existe imposibilidad jurídica para cumplir la sentencia protectora pronunciada el 31 de mayo de 2018 dentro de los autos del juicio de amparo en revisión 204/2017, en relación con el apartado donde se ordeno la Constitución de la Comisión de Investigación para la Verdad y la Justicia (caso Iguala) y las facultades concedidas en la investigación de delitos a dicha comisión", se lee en el documento.

La sentencia dictada por Pérez García puede ser impugnada mediante recurso de inconformidad que tocaría resolver a la Suprema Corte de Justicia. El plazo para la inconformidad es de 15 días hábiles.

De acuerdo con el diario Reforma, las sentencias del tribunal colegiado son inusuales porque los amparos sólo fueron promovidos para impugnar autos de formal prisión que se les dictaron por delincuencia organizada.

El pasado 9 de julio, en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el presidente Luis María Aguilar, presento un acuerdo en donde advirtió que, ante un eventual incumplimiento de las autoridades, los ministros estarían en posibilidad de revisar “qué consideraciones de la parte decisoria de una sentencia de amparo no son congruentes con la litis planteada, y no deben tomarse en cuenta para decidir sobre su debido cumplimiento”.

Cápsula Mirada Crítica - Trump y la OTAN: provocador compulsivo -18/07/2018
Atrás Cápsula Mirada Crítica - Trump y la OTAN: provocador compulsivo -18/07/2018
Justicia, no venganza
Siguiente Justicia, no venganza
Entradas Relacionadas

Escribir comentario:

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *