Lo que debes saber sobre la veda electoral

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Lo que debes saber sobre la veda electoral

Paola Atziri Paz

¿Cuándo inicia y qué prohibe la veda electoral?

A partir del jueves 28 de junio, los candidatos a la presidencia no podrán hacer llamado al voto ni realizar actos públicos, debido a que iniciará la etapa de veda electoral.

Desde ese día, la ley establece que los candidatos no podrán realizar actos de campaña ni colocar o distribuir propaganda electoral, y las encuestadoras no podrán difundir más resultados de preferencia del voto, tres días antes del día de la elección.

De acuerdo con el artículo 251, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, "el día de la jornada electoral y durante los tres días anteriores, no se permitirá la celebración ni la difusión de reuniones o actos públicos de campaña, de propaganda o de proselitismo electorales", incluso, la legislación establece que el retiro de la propaganda debe iniciar siete días antes del día de la elección, y tres días antes debe estar completamente retirada.

Asimismo, no se podrán difundir ni publicar encuestas hasta la hora oficial del cierre de casillas por ningún medio. "queda prohibido publicar o difundir por cualquier medio, los resultados de encuestas o sondeos de opinión que tengan por objeto dar a conocer las preferencias electorales de los ciudadanos", señala la Ley.

¿Qué sucede si se viola la veda electoral?

De acuerdo con el Instituto Nacional Electoral, en caso de que los partidos no quiten su propaganda, en conjunto con los institutos locales realizarán esa tarea con cargo al monto de financiamiento público que le corresponde al partido. Además de una sanción que puede consistir en multa de hasta diez mil días de salario mínimo general vigente, amonestación, suspensión o incluso cancelación del registro.

¿Qué sí y qué no pueden hacer los medios de información?

Los medios de comunicacion tienen prohibido difundir contenido relacionado con los candidatos y sus propuestas, así como publicar encuestas sobre intención del voto. 

El consejero del INE Benito Nacif informó que los medios de comunicación podrán continuar con su labor informativa durante el periodo de veda. "Pueden seguir haciendo su trabajo con libertad, excepto difundir encuestas. Las encuestas están sujetas a regulaciones específicas, hasta el día de la jornada electoral, hasta las ocho de la noche, están prohibidas las encuestas", dijo durante la sesión ordinaria del Comité de Radio y Televisión del INE, el pasado 21 de junio.

En la misma reunión, Nacif puntualizó que los medios tampoco podrán realizar  mesas de análisis político con representantes de los partidos, en las que se convoque al voto por algún candidato.

Respecto a las redes sociales, solamente los ciudadanos podrán llamar a votar por algún candidato, siempre y cuando no hayan sido contratados como parte de un servicio de propaganda. "En tanto no sea propaganda y el criterio para considerarlo propaganda es que haya una contratación de un servicio de difusión, la ciudadanía está protegida por la libertad de expresión", dijo Nacif. Cabe señalar que los bots y las fake news han estado presentes a lo largo de todas las campañas y no han podido ser regulados.

De acuerdo con el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), sólo la información de carácter institucional puede difundirse en portales de Internet y redes sociales durante la veda electoral, siempre que no se trate de publicidad o propaganda gubernamental ni se haga referencia a alguna candidatura o partido político.

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