Presidencia interpone controversia constitucional contra regulación de audiencias

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Presidencia interpone controversia constitucional contra regulación de audiencias

 

Por Redacción RV

Enrique Peña Nieto, presidente de México, interpuso una controversia constitucional contra ocho artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones (Telecom) y contra los Lineamentos Generales sobre la Defensa de las Audiencias, al considerar que otorgan facultades propias de Presidencia.

En conferencia de prensa, Humberto Castillejos Cervantes, consejero jurídico del presidente, y Eduardo Sánchez, vocero del gobierno de la República, precisaron que la demanda es contra el Congreso de la Unión por haber expedido la ley que obliga al Instituto Federal de Telecomunicacines (IFT) los lineamientos.

Castillejos Cervantes, señaló que desde el punto de vista del Ejecutivo los lineamentos tienen un “vicio de origen, ya que se basan en leyes que se consideran "inconstitucionales”, además que otorgan “erróneamente atribuciones al Instituto para regular el derecho a la información de los mexicanos”.

Según los argumentos de la controversia constitucional, se centran en que la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión otorga la facultad al IFT para regular los derechos de las audiencias.

“La Constitución no le otorga al IFT atribución para regular los derechos de las audiencias. Los derechos de las audiencias, en términos del artículo 6 de la Constitución, son parte del derecho humano a la información”, aseguró el vocero.

Por lo que, según Castillejos, cualquier regulación en esta materia debe estar regulada por la ley y en caso de haber una modificación sería competencia del presidente.

Frente a esto, el Instituto Federal de Telecomunicaciones celebró que sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación la que defina el alcance de los derechos y las facultades del Congreso de la Unión y del IFT en esta materia.

Mediante un comunicado, señaló que la Ley establece, entre otras cosa, el derecho a que en los contenidos se diferencie con claridad la información noticiosa de la opinión de quien la presenta. Asimismo, a que se aporten elementos para distinguir entre la publicidad y el contenido de un programa, así como, la figura de un defensor de audiencias y el deber de los concesionarios de contar con códigos de ética.

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